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Nada estará por sobre la Asamblea, resuelve la mayoría.

Nada estará por sobre la Asamblea, resuelve la mayoría

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MONTECRISTI, Manabí. La sesión de ayer en Ciudad Alfaro se centró en el debate al reglamento interno de la Asamblea.

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Diciembre 05, 2007

MONTECRISTI, Manabí

La bancada oficial afianzó los plenos poderes en la sesión de ayer. Se ratificó la total supremacía de la Constituyente.

La Asamblea Constituyente aprobó ayer el segundo capítulo de su reglamento de funcionamiento que consolida su poder para tomar decisiones.

El capítulo (de dos artículos) aclaró los actos decisorios de la Asamblea y su supremacía.

“Ninguna decisión de la Asamblea Constituyente será susceptible de control o impugnación por parte de alguno de los poderes constituidos.

La Asamblea Constituyente respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. Toda autoridad pública está obligada a su cumplimiento, bajo prevenciones de apremio y destitución”, establece el artículo 3.

Con la aprobación de los artículos dos y tres, la Asamblea afianza sus plenos poderes.

De acuerdo con lo consagrado ayer, los cinco actos en los que puede decidir la Asamblea son la redacción de la nueva Constitución, la cual irá a referéndum; los mandatos constituyentes (el primero se aprobó el pasado jueves); leyes (ante la ausencia del Congreso); resoluciones (para regular el funcionamiento de la asamblea) y acuerdos (políticos, administrativos, cívicos, solidarios, sociales entre otros).

Según León Roldós (RED) la Asamblea no requiere aprobar mandatos constituyentes si ya legisla, norma y emite resoluciones, porque no abona al orden jurídico. “Siempre serán medidas de hecho, de innecesaria omnipotencia si el gobierno tiene la mayoría y hay competencia legislativa”, afirma.

Durante el debate, César Rohón (PSC) enfatizó que con el art. 3, ya todos pueden hacer de todo y no hace falta seguir debatiendo.

El mencionado art. dice: “Ninguna decisión de la Asamblea será susceptible de control o impugnación por parte de alguno de los poderes constituidos. La Asamblea respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos. Toda autoridad pública está obligada a su cumplimiento, bajo prevenciones de apremio y destitución”.

Tras el almuerzo, el plenario empezó el debate del tercer capítulo del reglamento interno, que se refiere a la organización de la Asamblea. El apartado consta de once artículos en los que se detallan las funciones de la mesa directiva y las denominadas “Mesas Constituyentes”.

Los asambleístas presentaron modificaciones en la conformación y denominación de las mesas; y a la cantidad de debates que deben preceder a la aprobación de los textos.

Pablo Lucio Paredes (Futuro Ya) y Mae Montaño (UNO) coincidieron en que los asambleístas pueden ser parte de una de las comisiones, pero deben tener facultad para opinar y presentar propuestas.

El borrador del reglamento señala que solo pueden integrar una de las trece mesas.

Jorge Escala (MPD), y Mónica Chuji y Julio Chactong (PAIS) propusieron cambios en los nombres de las mesas de Legislación, Participación Ciudadana y Justicia.

Rafael Esteves (SP) propuso que haya dos debates previos a la aprobación de reformas. En el documento actual solo está planteada una discusión.

La sesión se clausuró a las 18:55.
Fuente Diario El Universo.


Author: Diseño Web Ecuador