Tres reuniones tensas se vivieron el último mes en el Pleno de la Corte Suprema, antes de resolver  la aplicación de las audiencias orales para confrontar cargos.
A puerta cerrada -como de costumbre- y durante cuatro horas los magistrados debatieron la legalidad de la medida. Un sector minoritario (seis jueces) decÃa que la norma viola la legislación, porque se debe reformar la Ley y esa no es una facultad de la Corte, sino del Congreso Nacional.
Empero, el grupo mayoritario (22 magistrados) no aceptó ese argumento y votó a favor de la nueva diligencia. Los ministros decidieron que todas las personas que sean detenidas deberán ser inmediatamente trasladadas ante un juez para que dicte medidas cautelares u ordene su liberación.
El propósito de la resolución es que las cárceles no se llenen de personas retenidas por más de 24 horas, sin que exista el pronunciamiento de un juez, como ocurre actualmente. Para su decisión, el Pleno tomó como ejemplo las audiencias orales que ya se practican para los delitos flagrantes en Cuenca y últimamente en Quito. Donde participan jueces, fiscales, policÃas, defensores públicos…
Hernán Ulloa, juez de la Tercera Sala de lo Penal y Pilar Sacoto, de la Primera Sala Penal, explicaron que  otro objetivo es reducir el tiempo de los trámites judiciales y hacer respetar la norma constitucional que señala que nadie puede estar detenido más de 24 horas para investigaciones.
La resolución aprobada por la Suprema incluye nueve artÃculos y dos innovaciones con las diligencias que se cumplen en Azuay y Pichincha. La más relevante es que todos los detenidos (por orden judicial, delito flagrante y detención arbitraria) se incluyen en la medida. En el caso de Cuenca y Quito hasta ahora solo se restringÃa a los capturados ‘infraganti’.
La decisión de la Suprema no es casual. Se produce a las puertas de la instalación de la asamblea, que reformará la estructura judicial, bajo un modelo unificador de todas las instituciones de Justicia.
“El hecho de que la justicia sea oral e inmediata es el paso que el paÃs requiere. Además, ayudará a terminar con la corrupciónâ€, sostuvo el  director de PolÃtica Penal de la FiscalÃa, Mario Segovia.
Actualmente, existen unidades de delitos flagrantes en Quito, Guayaquil, Riobamba, Portoviejo y, próximamente, en Machala. Para instalar el resto de oficinas en el paÃs se necesita un presupuesto que todavÃa no está establecido por la FiscalÃa, que será el motor del nuevo procedimiento.
Según Segovia, la intención es que el próximo año  todo el paÃs tenga este tipo de unidades.
Por el momento, los jueces trabajarán con la infraestructura y recursos que tienen. “No tenemos el presupuesto, esperamos que a futuro se nos asigne el dinero requeridoâ€, sostuvo el magistrado Ulloa.
Para Sacoto, con la decisión de la Corte se respaldará la agilidad en los juicios penales. En los artÃculos primero y segundo  de la resolución se señala que un detenido tendrá que ser llevado inmediatamente (en un plazo máximo de 24 horas) frente al juez penal de turno, sin importar que sea un dÃa ordinario o un feriado.
El juez será el responsable de seguir todo el proceso y de convocar a la audiencia de confrontación de cargos. En esa diligencia todas las pruebas de cargo y de descargo tendrán que ser presentadas oralmente. Al finalizar esa exposición, el judicial decidirá si libera al apresado o si dicta las medidas cautelares (prisión, embargo de bienes o arraigo).
La etapa de indagación previa fiscal también se acorta, pues el agente fiscal, en esa misma diligencia, puede resolver el inicio de la instrucción. El implicado podrá apelar las medidas cautelares ante una instancia superior.
La resolución entrará en vigencia inmediatamente luego de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente Diario El Comercio.











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