Los integrantes de la Asamblea Nacional de 1997 fueron señalados por la Comisión de Investigación de la Crisis Financiera como los responsables de lo que se considera como uno de los más mayores errores legales: la aprobación de la disposición transitoria 42 de la Constitución.
Esa norma dice que “hasta que el Estado cuente con instrumentos adecuados para enfrentar crisis financieras y por el plazo no mayor de dos años, el Banco Central podrá otorgar créditos de estabilidad y solvencia a las instituciones financierasâ€.
Esa situación se concretó durante la crisis bancaria de 1999. El BCE, según un informe de la Agencia de GarantÃa de Depósitos, transfirió 890 millones de dólares a la banca privada. Según el informe de la Comisión, la aprobación de la disposición 42 contradijo flagrantemente el art. 265 de la Carta Magna.
“Se habrÃa pretendido favorecer en forma más amplia a un conjunto de determinadas instituciones bancarias y a sus respectivos dueños y/o grandes deudores, que estaban ya en problemas desde hace, al menos, dos años antes y que fueron objeto del salvamento por parte del Estadoâ€. El art. 265, dice que el BCE no podrá otorgar garantÃas ni créditos a instituciones del sistema financiero privado. En su informe, la Comisión señala que hay versiones que cuestionan la validez legal de las normas, “pues responden a objetivos diametralmente opuestosâ€.
Además, indica que “pudo haber interés de las tiendas polÃticas que, supuestamente, aprobaron la disposiciónâ€. La sospecha, que fue hecha pública por el presidente RafaelCorrea, es que la norma no habrÃa sido aprobada por el pleno de la Asamblea. Incluso, la Comisión dice que no existe un acta que respalde la disposición.
Pero el entonces secretario de la Asamblea y actual diputado, Diego Ordóñez, desmiente al Primer Mandatario. Se respalda en una copia del Acta N° 82 de la Asamblea, de fecha 4 de junio de 1998, en la que se habrÃa aprobado por unanimidad la disposición transitoria 42. (IGF)
Acta 82 de la asamblea
Secretario (Diego Ordóñez): Cuadragésima Segunda: “Hasta que el Estado cuente con instrumentos legales adecuados para enfrentar crisis financieras y por el plazo no mayor de dos años contados a partir de vigencia de esta Constitución, el Banco Central (BCE) podrá otorgar créditos de estabilidad y de solvencia a las instituciones financieras, asà como créditos para ateel derecho de preferencia a las personas depositantes de las instituciones que entren el proceso de liquidaciónâ€.
Presidente (Luis MejÃa): En consideración el texto. La doctora (Nina) Pacari.
Nina Pacari: Me preocupa que cuando aprobamos respecto del BCE y cuando otorgarÃa créditos se ponÃa en el caso de los particulares o de las instituciones financieras, únicamente cuando se trate de situaciones de iliquidez y a corto plazo. Y dejarle con esta disposición transitoria hasta que haya una ley para enfrentar crisis financieras, por el plazo de dos años, si es dejarlo con la ventana abierta demasiado grande, para las situaciones que no están contempladas en lo que hemos aprobado en la propia Constitución.
Osvaldo Hurtado: Pero no sé de dónde viene el asunto de “solvenciaâ€. Porque eso es absolutamente distinto y el BCE no está para eso.
Presidente: Secretario, verifique si fue aprobada esta disposición.
Secretario: No ha sido aprobada.
Presidente: El señor presidente de la comisión (Orlando AlcÃvar) va a informar.
Orlando AlcÃvar: No recuerdo quién presentó la propuesta para incluirla en la Comisión de Constitución. El sentido de la disposición es que, al entrar en vigencia el nuevo régimen del BCE, se corta la capacidad que tienen los bancos para seguir operando con los soportes de esa naturaleza.
La idea fue darles un plazo, para que adecuen sus economÃas y sus finanzas a las nuevas disposiciones porque, de lo contrario, podrÃa crearse algún tipo de problema general de tipo financiero, que podrÃa causar un enorme problema por el efecto dominó que ocurre a veces con las instituciones bancarias.
Presidente: Doctor Osvaldo Hurtado.
Hurtado: ¿Qué es lo que se quiere hacer con esta disposición?: Proteger a los depositantes hasta cuando exista un seguro de depósitos. La situación del sistema financiero ecuatoriano es muy delicada y es posible que en el caso de que una institución financiera de enormes dimensiones, por la inestabilidad de la economÃa nacional, entre en una crisis de magnitud, esa crisis pueda arrastrar a todo el sistema financiero, y eso implica enormes perjuicios para todos los depositantes, no solo para los accionistas. No solo para los dueños. Aquà hay una presión para que tengamos, en el menor plazo posible, un seguro de depósitos como existe en otras partes del mundo. (…)
Presidente: Vamos a votar el texto, como está, de la 42. Señor secretario, tome votación. Lea primero.
Secretario: Quienes estén a favor del texto de la 42 eliminadas las palabras “y de solvenciaâ€, sÃrvanse levantar el brazo. Unanimidad.
Presidente: AlcÃvar.
AlcÃvar: Yo insistirÃa que se vote aparte del tema de la solvencia, porque la Ley de Instituciones Financieras establece tres momentos: iliquidez, solvencia y estabilidad.
Presidente: Roque Sevilla.
Sevilla: Yo propuse el artÃculo 265 que limitaba la capacidad del BCE de conceder créditos a la banca. Pero en este caso, yo sà insistirÃa en que aprobemos la palabra solvencia. La razón es que los bancos van a poder cubrir el riesgo de solvencia solo en momento en que tengan el seguro de depósito. Para poder obtener el seguro tiene que cumplir con una serie de normas de capacidad financiera y eso les va a tomar algún tiempo. Si no aprobamos eso, se va a quedar desprotegido el depositante.
Presidente: Tome votación sobre añadir la palabra “solvencia†en el texto.
Secretario: Quienes estén a favor de incluir las palabras “y de solvencia†en la disposición, sÃrvanse levantar el brazo. Cuarenta y tres a favor, de 44.
obado.
(El acta presentada por Ordóñez no tenÃa firmas ni sellos de aprobado).
Fuente Diario Expreso.











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