Oct 17
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‘Medida crea una confusión jurídica.

El director de la Fundación Lexis, Marco Albuja, asegura que solo las leyes de carácter penal que beneficien al reo o imputado tienen carácter retroactivo, por lo que la nueva ley interpretativa que aprobó ayer el Congreso “solo se constituye en un parche más”.

A criterio del jurista, el Parlamento debió dictar la nueva ley orgánica de la Función Judicial, Fiscalía y de la Defensoría Pública, que permitiría que los defensores actúen de oficio sin necesidad  de que  el reo se encuentre presente en la audiencia.

Albuja es partidario de que la Corte Suprema de Justicia interprete esta norma, emita un reglamento  o pida que resuelva el Tribunal Constitucional.

Para los jueces la decisión del Parlamento creará una nueva confusión e inseguridad jurídica, porque “no se sabe si la ley del Congreso funciona para el futuro  o es retroactiva.

Para el presidente de los jueces penales de Pichincha, Edwin Campaña, la reforma al Código de Procedimiento Penal no puede  estar por encima de la Constitución, que  establece  en el artículo 24 numeral 8, que si un interno está sin sentencia por más de seis meses o un año tendrá que salir en libertad.

Mientras, en Guayaquil, el presidente del 5º Tribunal Penal, Gabriel Noboa, se mostró satisfecho con la medida. “Esto va  a terminar con las argucias de ciertos abogados que aconsejan a sus defendidos no asistir a las audiencias”, dijo.

Fuente Diario El Universo.


Author: Diseño Web Ecuador