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Las opiniones se dividen al momento de analizar la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de dejar sin efecto la restitución de 52 diputados hecha por el anterior TC, el pasado 23 de abril. Esta semana el pleno del TC aprobó el Proyecto de Auto Resolutorio que señaló que se cometieron ilegalidades en el proceso para declarar la restitución de los diputados destituidos por el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Para Ernesto López, ex presidente del TC, la resolución no es legal, ya que el actual TC no podÃa ni debÃa analizar una decisión ya tomada. “El Tribunal actuó de manera ilÃcita y arbitraria; eso no se podÃa hacer habiendo ya una resolución de hace cuatro mesesâ€, aclaró. López cree que el pleno del TC está actuando de esa forma debido a que responde a intereses del presidente Rafael Correa.  “La ilegalidad jurÃdica que cometieron ya quedó convalidada y no se puede hacer másâ€, concluyó. “En la actuación del Tribunal anterior, se establecieron 12 violaciones reglamentarias, legales y constitucionales por lo que se determinó que lo resuelto carecÃa de valor jurÃdicoâ€, afirmó Pazmiño. El jurista Carlos Loaiza Tola resaltó que con lo establecido por el TC se institucionaliza la desautorización entre poderes. Loaiza manifestó que “de aquà en adelante, quien crea tener la razón y le asista el poder dejará sin efecto cosas ya juzgadas. No será nuevo que a futuro este caso se reabra por otro Tribunal, con otros intereses y con otros argumentos y, además, que reafirme lo decidido en primera instanciaâ€. Al respecto el vicepresidente del organismo, Edgar Zárate, fue categórico al decir que la resolución es de última instancia.
La diputada destituida Gloria Gallardo, rechazó el fallo del TC ya que según ella “la decisión era algo esperado. La afinidad del actual TC al gobierno lo hacÃa preverâ€. En cambio, Freddy Bravo, otro de los destituidos informó que presentarán una demanda por prevaricato en la Corte Suprema de Justicia contra los vocales que aprobaron la resolución. Alfonso Harb manifestó que analizan la posibilidad de demandar al Estado ante la Corte Interamericana y otras instancias legales del extranjero. Fuente Diario La Hora. |
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